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Dan a conocer las reglas del Sistema Integral de Atención Ciudadana

El objetivo es canalizar las peticiones de los ciudadanos respecto de los servicios y actuaciones del Gobierno del Estado


Por: Mario Rafael León   

La Secretaría de Finanzas y Planeación expidió las reglas de carácter general relativas al funcionamiento y operación del Sistema Integral de Atención Ciudadana (SIAC) del Gobierno del Estado; dichas reglas establecen que las solicitudes o peticiones ciudadanas se tendrán que realizar vía electrónica o por escrito y que sus remitentes deberán estar dados de alta en el sistema.

En el documento firmado por Guillermo Moreno Chazzarini se indica que el objetivo principal es de canalizar de manera ágil y oportuna las peticiones de los ciudadanos respecto de los servicios y actuaciones que requieren del Gobierno del Estado así como reducir significativamente los tiempos de su atención por parte de las dependencias y entidades de la administración pública estatal.

Las solicitudes o peticiones ciudadanas podrán ser captadas por medio de diferentes medios, entre los que se encuentran giras, redes sociales, jornadas, correo electrónico, correo postal, fax, portal del gobierno del estado y, de manera presencial, en atención ciudadana y en dependencias y entidades, entre otras.

El ciudadano al presentar sus solicitudes deberá cumplir con los siguientes requisitos:

Solicitud por escrito presentada utilizando alguna de las siguientes opciones: Formato AC01; formulario en línea a través de la liga http://www.veracruz.gob.mx/gobiernover/atencion-ciudadana/ o escrito libre de solicitud, que deberá contener cuando menos la siguiente información del solicitante: nombre, domicilio, municipio y teléfono.

La solicitud de los usuarios y su perfil de acceso deberán gestionarse por medio de Atención Ciudadana vía oficial y una vez aprobados por ésta llevarán a cabo su alta en el SIAC.

Para acceder al SIAC, todo usuario requiere de un nombre de usuario y una sola contraseña personalizada, los cuales sólo serán de su conocimiento y le permitirán, conforme a su perfil, la ejecución de operaciones de las cuales serán totalmente responsables. Esta contraseña será intransferible, en caso contrario incurrirán en las responsabilidades previstas por la legislación vigente.

Además, queda prohibido a todos los usuarios del SIAC divulgar, difundir o facilitar su nombre de usuario y contraseña a terceras personas; falsificar la identidad de otra persona; capturar información falsa dentro del SIAC; divulgar información confidencial, ya que esto podría afectar los intereses del Gobierno del Estado; y usar la información contenida en el SIAC con fines de lucro.

El servidor público usuario del SIAC, con independencia de la actividad que tenga asignada dentro del mismo, será el responsable directo de toda la información que procese a través de ese sistema, como es el caso de los datos personales contenidos en la legislación vigente.

Los usuarios serán responsables de los daños y perjuicios que lleguen a ocasionar al funcionamiento del SIAC por negligencia, impericia, mala fe o dolo.

El incumplimiento de las reglas dará lugar a la aplicación de sanciones administrativas previstas en la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado, independientemente de la responsabilidad penal, laboral o civil en que incurran los usuarios implicados.

Será responsabilidad de Atención Ciudadana registrar todas las peticiones ciudadanas en el SIAC y turnarlas a las Dependencias o Entidades de acuerdo a sus atribuciones; asegurar la integridad y veracidad de la información que registren; conservar y resguardar la documentación original que sirvió de soporte para el registro de las peticiones ciudadanas en el SIAC; efectuar, de manera inmediata, en caso de identificar alguna equivocación en la captura, las gestiones que correspondan para reclasificar las peticiones realizadas a través del SIAC; y supervisar el tiempo compromiso para dar respuesta a las peticiones ciudadanas, principalmente.

Es responsabilidad de las dependencias y entidades registrar todas las peticiones ciudadanas que reciban en el SIAC; dar respuesta y turnar por medio del SIAC de manera oportuna las peticiones ciudadanas que se reciban y que no correspondan a las funciones de la dependencia o entidad a Atención Ciudadana.


El Corresponsal, en el lugar de la noticia. 

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