-Veracruz

Se acabó el año de “Hidalgo” para Ayuntamientos

Congreso no autorizará enajenaciones para Ayuntamientos 3 meses antes de que concluyan administración


Por: Itzel Sandoval

El Congreso local no podrá aprobar enajenaciones, transmisión de la posesión o dominio de bienes en los 90 días previos a concluir funciones las autoridades locales, según lo que se determinó en la reforma y adición del artículo 18 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, la cual entró en vigor este miércoles.

A partir de dicha reforma se determina que se evitarán los excesos generados en las administraciones municipales que concluyan.

Ante la falta de aprobación del Congreso local, los Ayuntamientos no podrán enviar peticiones para disponer de bienes muebles o inmuebles, con lo cual se pueda provocar una modificación al patrimonio del mismo.

De la misma forma, se genera certeza y garantía a los Ayuntamientos para que en el momento de la transición de las administraciones municipales se cuente con mejores condiciones y se transite de manera ordenada; así como transparente.

En el documento se determina que la autorización para la transmisión en forma gratuita o donación de la propiedad, así como el uso o disfrute de los bienes del municipio que sean solicitados en el último año de administración, sólo podrán aprobarse antes de los últimos tres meses de la conclusión de la misma.

“En el caso de las solicitudes de enajenación, transmisión de la posesión o dominio de bienes, durante el último año del periodo constitucional de la administración municipal, éstas sólo podrán autorizarse hasta tres meses antes de que concluya el periodo de Gobierno correspondiente”, refiere.


El Corresponsal, en el lugar de la noticia.

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