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Contraloría Interna del Congreso podría atender quejas en contra de servidores públicos y ediles

Propuesta fue presentada por Cinthya Lobato


Por: Itzel Sandoval

La diputada local, Cinthya Lobato Calderón, presentó una iniciativa de decreto en la que se establece que las quejas, denuncias e inconformidades contra servidores públicos y ediles de los Ayuntamientos sean atendidas por la Contraloría Interna de este poder y ya no por la Secretaría General.

En la iniciativa se busca derogar disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, del reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, así como del reglamento de los servicios administrativos del Congreso del Estado.

En la exposición de motivos se indica que luego de la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el 17 de julio de 2017; el pleno del Congreso local designó a los titulares de los Órganos Internos de Control de los Organismos, los cuales, según la Constitución, tienen autonomía.

Luego de dicho nombramiento existe duplicidad de funciones entre la Secretaría General y la Contraloría Interna del Congreso del Estado, ya que actualmente el departamento de Responsabilidades Administrativas de Servidores Públicos cuenta con 59 expedientes del 2017 y 64 del 2018, relativo a quejas, denuncias e inconformidades contra servidores públicos y ediles de los diversos Ayuntamientos; de asuntos diversos, sin que el Órgano Interno de Control de dicha Soberanía tenga las facultades de investigar, substanciar y en su caso, resolver faltas administrativas.

Ante ello, se propone la presente reforma a efecto de eliminar la duplicidad de facultades entre la Secretaría General de este Congreso con las atribuciones del Órgano Interno de Control de mencionado Poder.

Con la iniciativa se busca darle la atribución a la Contraloría Interna de manifestar la incompetencia de los asuntos que impliquen denuncias, quejas o inconformidades en contra de servidores públicos y ediles de los 212 Ayuntamientos.

“Dado ellos son los facultados para investigar, substanciar y resolver las faltas administrativas no graves, o en su caso, investigar, investigar, substanciar y remitir al Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, las faltas administrativas graves; y en ese tenor, solicitar a los Ayuntamientos correspondientes informen a esta Soberanía la procedencia de dicha falta administrativa con la finalidad de dar cumplimiento cabal a lo ordenado”, indica.

Además, refiere que en caso de recibir denuncias, quejas o inconformidades contra los servidores públicos municipales, deberá rencausarlos a los titulares del Órgano Interno de Control del ente público que se trate, para su investigación, substanciación y sanción correspondiente.

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