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Amplían veda para la captura de todas las especies de camarón en aguas nacionales

La veda es para un mejor aprovechamiento de las especies

Por: Mario Rafael León

Este miércoles, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación publica en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se modifica el similar que establece las épocas y zonas de veda para la captura de todas las especies de camarón en aguas marinas y de los sistemas lagunarios estuarinos de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe, publicado en el diario oficial de la federación, el 30 de abril de 2018.

El mencionado Acuerdo establecía una veda temporal del 1 de mayo al 15 de agosto de 2018 para el aprovechamiento de las especies de camarón en la zona de altamar, que abarca desde la frontera con Estados Unidos de América, en Tamaulipas, hasta la desembocadura del Río Coatzacoalcos, en Veracruz.

La modificación indica que se cambia la fracción I del Artículo Primero del Acuerdo por el que se establecen las épocas y zonas de veda para la captura de todas las especies de camarón en aguas marinas y de los sistemas lagunarios estuarinos de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe, para quedar como sigue: Artículo primero.- […] I. De las 00:00 horas del 1 de mayo de 2018 y hasta las 24:00 horas del 17 de septiembre de 2018, en la zona que abarca desde la frontera con los Estados Unidos de América, en Tamaulipas, hasta la desembocadura del Río Coatzacoalcos, en Veracruz.

El Acuerdo considera que en Opinión Técnica Número RJL/INAPESCA/DGAIPA/278/2018 de fecha 8 de agosto de 2018, emitida por el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura, a través de la Dirección General Adjunta de Investigación Pesquera en el Atlántico, se recomienda extender hasta el 11 de septiembre del presente año o una fecha posterior el periodo de veda en las aguas marinas desde la frontera de Estados Unidos de América en el Estado de Tamaulipas hasta la desembocadura del Río Coatzacoalcos en el Estado de Veracruz para asegurar que la captura obtenida en el primer viaje de pesca esté compuesta en un 85% o más por camarón comercial de línea 21/25.

El Acuerdo también considera que es facultad de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por medio de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, administrar y regular el uso, así como promover el aprovechamiento sustentable de los recursos de la flora y fauna acuáticas ordenando las actividades de las personas que intervienen en ella y estableciendo las condiciones en que deberán realizarse las operaciones pesqueras.


El Corresponsal, en el lugar de la noticia.

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