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En mota medicinal y muerte digna, Corte da luz verde a Constitución de CdMx

La Suprema Corte también declaró constitucional el apartado que se refiere a los derechos sexuales y reproductivos


La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló el uso médico y terapéutico de la mariguana tal y como lo establece la Constitución de la Ciudad de México, así como el derecho a una muerte digna porque no se trata de eutanasia ni de suicidio asistido como argumentó la Procuraduría General de la República.

De igual manera, el Pleno de la Corte declaró constitucional el apartado que se refiere a los derechos sexuales y reproductivos que señalan que toda persona tiene derecho a la sexualidad, a decidir sobre la misma y con quién compartirla; a ejercerla de forma libre, responsable e informada, sin discriminación, con respeto a la preferencia sexual, la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género y las características sexuales, sin coerción o violencia.

Los ministros coincidieron en manifestar que la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México no invadió la esfera de facultades de la Federación al legislar sobre dichos temas.

Javier Laynez Potisek, ministro instructor, señaló en su proyecto de sentencia que, en el caso de la mariguana, los preceptos no legislan en materia de salud, sino que reconocen el derecho al libre desarrollo de la personalidad en cuanto a la elección libre de las personas para hacer uso médico y terapéutico de la cannabis.

Además, porque sujetan su ejercicio y entrada en vigor a lo que en su momento disponga la Ley General de Salud o la que llegare a expedirse de manera específica.

La Carta Magna local establece que a toda persona se le permitirá el uso médico y terapéutico de la cannabis sativa, índica, americana o mariguana y sus derivados, de conformidad con la Constitución Federal y la legislación aplicable.

MUERTE DIGNA
Durante el análisis de la acción de inconstitucionalidad que promovió la PGR contra la Constitución local, la dependencia federal aseguró que el derecho a la muerte digna aprobada por el Constituyente promueve la eutanasia y el suicidio asistido. El ministro Laynez Potisek declaró infundado lo argumentado por la PGR porque dijo que el artículo impugnado se refiere al buen morir y no a una muerte rápida.

Fuente: Milenio


El Corresponsal, en el lugar de la noticia.

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