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Fiscalía debe informar de investigaciones por desaparición forzada

Tiene la obligación de resguardar datos de particulares


Por: Itzel Sandoval

La Fiscalía General del Estado (FGE) tendrá que entregar a un particular las versiones públicas de las investigaciones ministeriales o las carpetas de investigación que se registraron por el delito de desaparición forzada, durante el periodo de enero de 2015 al 6 de marzo de 2018.

De esta manera lo determinó el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI), al resolver el recurso de revisión IVAI-REV/981/2018/II, presentado por un solicitante que no recibió mencionada información, ya que la FGE la clasificó como reservada.

La información fue pedida a la Fiscalía Especializada para la Atención de Denuncias por Personas Desaparecidas, desde donde se le dio como respuesta al particular que se tenían 41 investigaciones documentadas con indicios de la posible participación de servidores públicos, anexando una tabla con la nomenclatura de cada una.

Sin embargo, el particular se inconformó con la respuesta, por lo que acudió ante el IVAI, pues su interés era tener las versiones públicas de las carpetas de investigación y no únicamente los números.

El titular de la Fiscalía Especializada consideró que el contenido debía tener el carácter de reservado y sometió el tema a la consideración del Comité de Transparencia de la FGE, donde se resolvió que no se podrían dar mayores datos, ya que las carpetas de investigación se encuentran en etapa de investigación.

De la misma forma, se consideró que permitir el acceso a esta infraestructura vulnera el debido proceso e implica la violación de derechos humanos.

Los comisionados del IVAI determinaron que debe prevalecer el principio de máxima publicidad permitiendo el acceso a la información, ya que en este tipo de casos no sólo se afecta a las víctimas y ofendidos en forma directa, sino que ofenden a toda la sociedad por su gravedad y las repercusiones que implican.

El IVAI consideró que las carpetas de investigación pueden contener otro tipo de datos personales de la víctima, inculpado, familiares, testigos o terceros relacionados, como domicilios, teléfonos particulares, datos patrimoniales, estado de salud física y mental, entre otros, motivo por el que deberán ser protegidos por el sujeto obligado.

Por tal motivo, el Comité de Transparencia de la FGE deberá valorar y, en su caso, reservar por excepción los nombres de los servidores públicos que realicen funciones operativas, preventivas o correctivas que se encuentren en las carpetas de investigación, pues revelarlos podría colocarlos en una situación vulnerabilidad al poner en peligro su vida o su seguridad, incluso la de sus familiares, lo que no aplica para los servidores públicos cuyos datos ya hayan sido difundidos en fuentes oficiales.


El Corresponsal, en el lugar de la noticia.

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