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Piden a Congreso no criminalizar a personas con VIH

Solicitan que se atienda la institucionalidad declarada por la SCJN

Por: Itzel Sandoval

El Grupo Multisectorial en VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual en la entidad pidió a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos el derecho a la inconstitucionalidad, a fin de que el Congreso del Estado cumpla con el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, misma que declaró  como inconstitucional el artículo 158 del Código Penal del Estado de Veracruz que criminaliza a las personas con este padecimiento.

Esto, ya que el pasado 30 de abril la SCJN determinó la invalidez de la modificación a dicho artículo, realizada el primero de diciembre de 2015.

Dicha modificación al mismo el “delito de peligro de contagio” el término “infecciones de transmisión sexual”, a fin de que quienes las tuvieran pudieran ser sancionados “por poner en peligro de infectar a otras personas”.

Dadas estas circunstancias la Suprema Corte declaró como procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Se declara la invalidez del artículo 158 en la porción normativa “infecciones de transmisión sexual u otras” del código penal para el Estado libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, la cual será retroactiva en términos de lo precisado en el último apartado de esta ejecutoria, en la inteligencia que dicho efectos se surtirán como motivo de la notificación de los puntos resolutivos de este fallo al Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

El grupo destaca que Suprema Corte es el Máximo Tribunal Constitucional del país, en virtud de lo cual, tiene como responsabilidad fundamental la defensa del orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además de solucionar, de manera definitiva, otros asuntos jurisdiccionales de gran importancia para la sociedad.

La Corte no en un simple órgano jurisdiccional encargado de velar por la legalidad y la justicia, sino en un auténtico órgano guardián de la superlegalidad de la Constitución, es decir, en un órgano encargado de preservar y dar valida las decisiones fundamentales que constituyen al Estado Mexicano”.

Y especifica que la sentencia de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación ya declaró la invalidez de la norma impugnada incluso con efectos retroactivos, por lo que el Congreso del Estado de manera libre, pero responsablemente, en uso de sus atribuciones legislativas deberá corregirla.

El periodo  ordinario  de sesiones del Congreso local concluyó sin atender el fallo de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación que declaró  inconstitucional  el artículo 158 del código penal  del estado de Veracruz que criminaliza a las personas con VIH.

Por ello, el Grupo Multisectorial, que fue quien solicitó a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos el derecho a la inconstitucionalidad, hoy reclama al Congreso del Estado que cumpla con el fallo de la Suprema Corte de Justicia la de la Nación.

Asimismo pide que se fortalezcan sus competencias en materia del VIH, el sida y las ITS  para la armonización de la legislación que favorezcan los principios pro persona y de progresividad de los derechos humanos, los cuales son indispensables para consolidar la garantía de protección de la dignidad de las personas.


El Corresponsal, en el lugar de la noticia.

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