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Encuesta del Comité de Participación Ciudadana sin debido trato de datos personales

No muestra aviso de privacidad de datos personales


Por: Itzel Sandoval

El Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) señaló que la encuesta que el Comité de Participación Ciudadana (CPC) que el Sistema Estatal Anticorrupción está aplicando en las dependencias es un instrumento que debe garantizar su certeza y efectividad, así como la adecuada recopilación y tratamiento de datos personales.

El organismo dio a conocer que el pasado 24 de septiembre se recibió a los integrantes del CPC, en respuesta a la solicitud que el Comité hizo para realizar una visita de capacitación y presentar las tareas, alcances y perspectivas de la implementación de actividades del Sistema.

Sin embargo, el CPC no realizó la capacitación y aplicó una encuesta en la que se solicitaban datos personales como sexo, edad y nivel de educación.

“A pesar de que era un documento impreso, este no mostraba un aviso de privacidad escrito sino que para conocerlo se remitía a un vínculo, como si se estuviera contestando en línea. Más aún, este acceso no correspondía a la encuesta, sino a uno relacionado con las denuncias y quejas presentadas por los ciudadanos al Comité de Participación Ciudadana”, explicó el IVAI.

Al notar esto, el personal del organismo hizo el señalamiento a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana, quienes refirieron que la encuesta era voluntaria y que más adelante podrían utilizar el formato disponible en internet para la presentación de quejas o denuncias en relación a actos de corrupción.

Por tal motivo, los trabajadores del Instituto optaron por no responder la encuesta y contribuir en las acciones anticorrupción, a través de los otros medios sugeridos por el Comité.

“La situación detectada resulta inaceptable pues los avisos de privacidad son documentos que la ley exige que se pongan a disposición a partir del momento en el cual se recaben los datos personales de un individuo, con el objeto de informarle las finalidades del tratamiento de los mismos, las cuales deben ser concretas para fines específicos, sin finalidades genéricas que puedan generar confusión; explícitas, dándose a conocer de manera clara; y legítimas, acordes con las atribuciones de quien los recaba”, indica.

Esto, al recordar que un aviso de privacidad no puede ser utilizado para prácticas diferentes, sino que se debe hacer uno para cada acción en la que sea necesario recabar información personal porque debe referirse: qué datos serán recabados, si se solicitarán datos sensibles, el fundamento legal, si habrá transferencia de datos, ante quién y cómo se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO), entre otras.

Conforme a los artículos 16 y 22 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el responsable –en este caso, el CPC– deberá obtener el consentimiento del titular para el tratamiento de sus datos personales y no podrá tratarlos hasta que cuente con la manifestación de la voluntad libre, específica e informada del titular.

El Comité, al ser parte del Sistema Estatal Anticorrupción, con mayor razón debe promover, respetar y garantizar la protección y tratamiento de los datos personales bajo los principios de licitud, calidad, consentimiento, proporcionalidad y responsabilidad en el ejercicio de sus actividades.

Al ser el órgano garante del acceso a la información y protección de datos personales, el IVAI explica que resulta totalmente congruente y no obedece a una falta de participación, tal y como fue señalado el presidente del Comité, Sergio Vázquez Jiménez.

“Por el contrario, sería reprochable que el organismo autónomo pasara por alto estas observaciones. Es ante el reconocimiento del valor del combate a la corrupción que para el IVAI es indispensable que estas actividades no sean improvisadas, que se elaboraren estudios serios y profesionales que no den cabida a la duda y la incertidumbre”, manifiesta.

Es importante destacar que el organismo indicó que se han recibido dos denuncias de servidores públicos a los que les fue aplicada la encuesta y quienes observaron la falta de correspondencia del aviso de privacidad, por lo que solicitaron verificar el incumplimiento de la normatividad. En una de las quejas, se refiere que incluso, se les dijo que debía llenarse de forma obligatoria.

Ante ello, el Instituto aseveró que dará seguimiento a este tema y, sin dejar de velar por los derechos y valores que son de su competencia, refrenda su compromiso a trabajar de la mano de los integrantes del Comité de Participación Ciudadana.

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