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Gobierno del Estado y Ayuntamientos deben incluir presupuesto para el mínimo vital

Se trata de un derecho humano


Por: Itzel Sandoval

A partir del 2019 el Gobierno del Estado y los 212 Ayuntamientos deberán promover en sus Presupuestos de Egresos y Leyes de Ingresos el derecho al mínimo vital de la población en situación de vulnerabilidad.

Esto mediante los presupuestos asignados al rubro respectivo, los cuales serán ministrados conforme a los términos que establezca la legislación aplicable y con el compromiso de que el monto asignado siempre sea superior al aprobado en el ejercicio inmediato anterior.

Lo antes mencionado, con la adición al último párrafo del artículo 6 de la Constitución Política del Estado, misma que fue enviada por el titular del Ejecutivo en diciembre del año pasado.

En la misma se determina que en el Estado del Derecho Humano al Mínimo Vital se desprende de una interpretación sistemática de la Constitución y los derechos a la vida, a la integridad física, a la igualdad, a la salud, al trabajo y a la seguridad social, entre otros.

En el mismo se comprende la garantía de los requerimientos básicos indispensables para asegurar una subsistencia digna de la persona y su familia.

Ante ello, el Poder Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos deben promover el Mínimo Vital de la ciudadanía, por lo que se incluye dicho concepto en el Capítulo de los Derechos Humanos de la Constitución local bajo una perspectiva democrática de progresividad de los derechos humanos, en donde el Estado adquiera el compromiso permanente de contar con un presupuesto cada vez más alto para tales fines.

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