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Buscan a quien será titular de la Comisión Estatal de Búsqueda

Los candidatos deben presentar una propuesta de plan de trabajo


Por: Mario Rafael León

El gobierno del estado, por medio de la Secretaría de Gobierno, convoca a la sociedad civil, familiares o colectivos de víctimas, personas expertas y organizaciones de la sociedad civil especializadas en la defensa de derechos humanos y/o en materia de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y búsqueda de personas, a que postulen o propongan candidatos para ocupar la titularidad de la Comisión Estatal de Búsqueda.

El objeto de las bases de la convocatoria, se indica en la Gaceta Oficial del Estado, es establecer la manera en que el gobernador del estado por conducto de la Secretaría de Gobierno, a efecto de designar a la persona titular de la Comisión Estatal de Búsqueda (La Comisión), llevará a cabo el proceso de designación que refieren los artículos 51 y 52 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (Ley General) y los artículos 31 y 32 de la Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Veracruz (Ley Estatal).

Para lo anterior, se conformará un órgano técnico de consulta que estará integrado por una persona representante de la Secretaría de Gobierno, una persona representante de Fiscalía General del Estado, dos personas representantes de la academia, dos personas representantes de la sociedad civil y una persona representante de la Comisión Estatal de Derechos Humanos;

El órgano técnico de consulta integrará un expediente público por cada persona postulante, revisará y verificará que cumplan con los requisitos contemplados en la Ley Estatal y la Ley General y publicará aquellos expedientes que hayan cubierto los requisitos; el órgano técnico de consulta requerirá a las personas candidatas, que hayan cubierto los requisitos, una propuesta de plan de trabajo; el órgano técnico de consulta realizará una evaluación a las personas candidatas. A través de la evaluación se revisarán y verificarán los perfiles; conocimientos y experiencia en derechos humanos, búsqueda de personas y lo relacionado con las atribuciones de la Comisión Estatal de Búsqueda; asimismo se revisará el plan de trabajo propuesto.

Además, el órgano técnico de consulta organizará las comparecencias de las personas candidatas ante los familiares para la presentación de sus propuestas de plan de trabajo.

Las comparecencias serán abiertas y públicas, y se garantizará el diálogo directo con representantes de organizaciones de la sociedad civil, colectivos de familiares de personas desaparecidas y familiares en búsqueda, y se transmitirán vía circuito cerrado a una sala de prensa.

El órgano técnico de consulta elaborará un informe con los resultados de las evaluaciones y comparecencias, el cual será entregado al titular de la Secretaría de Gobierno, quien lo anexará cuando haga la propuesta correspondiente al gobernador del estado. Dicho informe deberá ser público.  El órgano técnico de consulta se disolverá luego de la publicación del informe.

La Secretaría de Gobierno hará público el nombramiento de la persona titular de la Comisión Estatal de Búsqueda, acompañada de una exposición fundada y motivada sobre la idoneidad del perfil elegido, basada en el informe entregado por el órgano técnico de consulta y en ambas leyes.

Se garantizará el respeto a los principios que prevé la Ley General, especialmente los de enfoque transversal de género, diferencial y de no discriminación.

Los interesados, pueden consultar los requisitos en el número extraordinario de la Gaceta Oficial del Estado de este viernes.

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