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Sólo Congreso autorizará que Ayuntamientos se endeuden

El pleno votará cuando un Ayuntamiento pida permiso para solicitar préstamo


Por: Itzel Sandoval

Los diputados locales aprobaron la reforma constitucional en su segunda vuelta para establecer que sólo el pleno autorizará a los Ayuntamientos a contraer préstamos.

Los cambios, avalados con 46 votos a favor, provienen de la iniciativa que presentó la bancada del PRI en la pasada Legislatura.

Ante ello quedó establecido en el artículo 33, fracción XVI, inciso c), de la Constitución Política local que el pleno del Congreso autorizará por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, los montos máximos para la contratación de emprestitos y obligaciones en las mejores condiciones del mercado, previo analísis de su destino, capacidad de pago y, en su caso, el otorgamiento de garantía o el establecimiento de la fuente de pago.

De la misma forma en que se determinó en la primera vuelta, la reforma deberá ser turnada a los 212 Ayuntamientos, a fin de que los Cabildos den su aprobación.

En la substanciación de la propuesta, los legisladores priístas indicaron que con ello se evitarían dudas o interpretaciones erróneas respecto del procedimiento para la contratación de préstamos y obligaciones financieras por parte de los Ayuntamientos.

Además de que se cumplía el objetivo de la reforma constitucional federal y de las leyes secundarias, en el sentido de procurar el adecuado manejo de las finanzas municipales.

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