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Deben OIC municipales contar con sus áreas de investigación y substanciación

Pueden imponer diferentes sanciones administrativas a los funcionarios


Por: Mario Rafael León

La Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA) establece que las observaciones administrativas se remitan para su atención a los órganos internos de control y las de presunto daño patrimonial a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Órgano de Fiscalización Superior; por ello, todos los mencionados órganos cuentan con sus áreas de Investigación y de Substanciación, las cuales deben ser independientes una de otra, informó Lorenzo Antonio Portilla Vásquez, titular del Órgano de Fiscalización Superior del estado.

La primera de las mencionadas áreas elabora el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, una vez que realizó las investigaciones correspondientes debidamente fundadas y motivadas, para posteriormente turnarlo al área de Substanciación a fin de que emita el Acuerdo de Admisión y finque las responsabilidades administrativas, por faltas no graves”, indicó.

El titular del Orfis manifestó que el artículo 75 de la LGRA señala que en los casos de responsabilidades administrativas distintas a las que son competencia del tribunal, la Secretaría (de la Función Pública o equivalentes en las entidades federativas) o los órganos internos de control pueden imponer diferentes sanciones administrativas que van desde la amonestación pública o privada hasta la inhabilitación temporal de los funcionarios para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.

Expresó que el artículo 77 señala que corresponde a la secretaría o a los órganos internos de control imponer las sanciones por faltas administrativas no graves y ejecutarlas y que dichas instancias podrán abstenerse de imponer la sanción que corresponda siempre que el servidor público no haya sido sancionado previamente por la misma falta administrativa no grave y no haya actuado de forma dolosa.

Lorenzo Antonio Portilla Vásquez manifestó que a la fecha, 179 órganos internos de control municipales cuentan con sus áreas de Investigación y de Substanciación; al cierre de febrero, 111 habían iniciado las investigaciones correspondientes, 74 no presentaron inicio de la investigación y tres exhibieron otra información.

Estamos trabajando arduamente para que los presidentes municipales de los 33 órganos internos de control faltantes conformen dichas áreas; es cierto que esto genera la aplicación de recursos adicionales, pero también lo es que al tener sus contralorías debidamente conformadas, como lo señala la Ley General de Responsabilidades Administrativas, estarán cumpliendo lo allí dispuesto además de que estarán fortaleciéndolas pues entre sus principales atribuciones está la prevención en la aplicación de los recursos públicos”, dijo el titular del Orfis.

Expresó que un órgano interno de control que cuente como mínimo con sus áreas de auditoría, de investigación y de substanciación está obligado ética y legalmente a prevenir actos contrarios a la normatividad, ya que su actuación es en el ejercicio en curso (tiempo real); por lo tanto, deben de contar en el ámbito de su trabajo con el apoyo irrestricto de las autoridades municipales.

Detectar y prevenir un acto fuera de la normatividad permite corregir a tiempo, el no hacerlo es aceptar la culpabilidad que en su momento habrá de determinarse. El Órgano de Fiscalización Superior del estado hace un exhorto respetuoso a todos los presidentes municipales a que apoyen a sus órganos internos de control y los doten de lo que la normatividad los obliga”, expresó.

En el caso de las observaciones de presunto daño patrimonial, señaló Lorenzo Antonio Portilla Vásquez, el Orfis estableció en su Reglamento Interior las subdirecciones de Investigación y de Substanciación, adscritas en la Dirección General de Asuntos Jurídicos, mismas que trabajan en 111 municipios y en su momento emitirán los resultados; además, dijo, el ente fiscalizador está a la espera de lo que determine el órgano interno de control del Poder Legislativo en lo que concierne a los municipios que está investigando ya que es mucho mejor prevenir y corregir que sancionar.

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