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Nueva Ley Orgánica de la Universidad Veracruzana podría decidirse hoy

El Consejo Universitario se reunirá en Rectoría para concretar qué artículos se reformarán. Entre ellos, la figura de la Contraloría General, que había causado revuelo en la comunidad académica


Por: Marcela Garza Pinta

Xalapa, Ver. En la mañana del lunes se reunirán en la Zona Universitaria -específicamente en Rectoría- vicerrectores, consejeros alumnos, consejeros maestros, el Consejo Universitario General (CUG), directores de facultades, áreas académicas, etc. El motivo: discutir y llegar al acuerdo respecto a la reforma de la nueva Ley Orgánica propuesta por la rectora Sara Ladrón de Guevara.

El proyecto “comenzó” desde mayo de 2018, cuando fue aprobado por unanimidad en el Congreso del Estado el derecho que le permite a la máxima casa de estudios la elaboración de leyes y decretos (Fracción VII del Art. 34 de la Constitución Política del Estado de Veracruz). Dicho dictamen le otorgó la facultad de revisar y modificar la Ley Orgánica decretada en 1993, la cual rige la vida administrativa de la universidad.

Sin embargo, lo que suponía un avance en la autonomía de la entidad académica más grande del estado de Veracruz, terminó pareciendo una oportunidad para que la figura del rector sacara provecho de los recursos. El artículo 5° del primer anteproyecto se hablaba de los bienes de la universidad:

La Universidad Veracruzana posee un patrimonio tangible e intangible. El intangible es invaluable y está constituido por el potencial de su comunidad en el conocimiento, el arte y la cultura. El patrimonio tangible está compuesto por los bienes siguientes:

  1. Los bienes muebles e inmuebles propios y los que en futuro se adquieran por cualquier título;
  2. Los recursos públicos que le sean asignados por los gobiernos federal, estatal y municipal;
  3. Los ingresos que perciba de los servicios que preste y de los demás que señalen sus reglamentos y normas;
  4. Los bienes, los derechos y demás ingresos que adquiera por cualquier título legal;
  5. Las patentes, las marcas, los derechos y los ingresos que deriven de su explotación, en términos de la legislación aplicable;
  6. La producción científica, tecnológica y artística generada por su personal académico en el desempeño de sus funciones…

Complementa y finaliza el artículo introduciendo la figura de la Contraloría General, su elección y función dentro de la universidad:

Para vigilar la administración del patrimonio tangible se establecerá la Contraloría General de Cuentas. La Contraloría se integrará por tres personas honorables, de prestigio y reconocida experiencia financiera de cuando menos 5 años, que serán designados, a propuesta del Rector, por el Consejo Universitario General…” Primer Anteproyecto de Ley Orgánica.

Esta vieja propuesta resultaba peligrosa para el manejo de bienes y recursos de la universidad. El hecho de que la figura del Rector propusiera a la Contraloría General, además de gran parte del CUG (directores de facultades, directores de área, vicerrectores) generó mucha desconfianza en la comunidad universitaria; la posibilidad de un desfalco bajo esta norma estaría siempre latente.

Al respecto se formó Comisión Transitoria tras la fuerte presión de docentes y alumnos. Hasta la fecha se han realizado juntas para modificar y detallar artículos y secciones de la Ley Orgánica. Se espera que el día de mañana sea una de las últimas sesiones.

Tras diversas modificaciones, el Anteproyecto de Ley Orgánica actual estipula lo siguiente respecto a la Contraloría General de Cuentas:

Se crearán además las (comisiones) relativas a Vigilancia Financiera y Control Patrimonial, Glosa, y Selección, transformando la Comisión de Honor y Justicia en Tribunal Universitario.

La Comisión de Vigilancia Financiera y Control Patrimonial tendrá las atribuciones de emitir la convocatoria pública para el registro de aspirantes al cargo de Contralor General, integrar la terna y presentarla ante el Consejo Universitario General para la designación del mismo; dicha Comisión supervisará y evaluará las actividades de la Contraloría General, ejerciendo vigilancia financiera y control del patrimonio de la Universidad. La Comisión se integrará por académicos de la Universidad que deberán contar con conocimiento y experiencia en áreas administrativas y financieras.”

El CUG está integrado por Rector, Vicerrectores, Secretarios Académicos, de Administración y Finanzas, y de Desarrollo Institucional, Abogado General, Directores Generales Académicos, Titulares de Entidades Académicas, Consejeros Académicos y Consejeros Alumnos.  De estos cargos, sólo los Secretarios Académicos, de Administración y Finanzas, y de Desarrollo Institucional, así como el Abogado General, pueden ser elegidos por el Rector; la novedad es que el Vicerrector ya no será escogido por el Rector.

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