-Veracruz

La SCJN avala máxima protección a mujeres y niñas víctimas de violación

Todos los hospitales públicos pueden interrumpir embarazos producto de una violación


Por: Redacción

La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la Norma Oficial Mexicana (NOM) de 2016 que ordena a todos los hospitales públicos a interrumpir embarazos producto de una violación, al otorgar mayores facilidades a las mujeres, niñas y adolescentes para acceder a la justicia cuando han sido violentadas sexualmente.

Entre las modificaciones más importantes de la NOM-190-SSA1-1999, destacan que para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo sólo será necesaria la previa solicitud por escrito bajo protesta de decir verdad de la persona afectada, de que dicho embarazo es producto de una violación; que en el caso de niñas menores de 12 años, la solicitud se realizará por conducto de su padre y/o madre o a falta de éstos, de su tutor, y que el personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante.

Derivado de lo anterior, se elimina el requisito de la autorización previa de la autoridad competente, en este caso del ministerio público.

Así, el Pleno desechó dos controversias constitucionales promovidas por los gobiernos de los estados de Baja California y Aguascalientes.

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