-Veracruz

Nuevo Reglamento de Tránsito sancionará a quienes invadan lugares para discapacitados

Embarazadas también tendrán derecho de preferencia


Por: Mario Rafael León

A partir de este viernes, el gobernador del estado tiene un plazo de 30 días hábiles para que reforme el Reglamento de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial, para que establezca la sanción económica a quienes invadan los cajones de estacionamiento establecidos para discapacitados y mujeres embarazadas.

La sanción no podrá ser menor a 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA); es decir 844.90 pesos.

La reforma a los artículos 28, 50, 102 y 514 de la citada ley y a la cual se adiciona un inciso al último artículo, publicada en la Gaceta Oficial del Estado, refiere que los peatones y las personas con discapacidad, tienen derecho de preferencia al transitar por las vías públicas del estado.

Establece que deberán cruzar de manera obligatoria por las zonas de paso peatonal y tendrán preferencia de paso en los cruceros que carezcan de señales o de dispositivos para el control de la seguridad vial.

Los conductores de vehículos y motocicletas les guardarán la consideración debida y tomarán las precauciones necesarias para la protección y seguridad de su integridad física, cediéndoles el paso cuando éstos se encuentren cruzando las calles y sobrevenga un cambio de señal de paso de los semáforos que regulan la circulación; excepto cuando sean controlados por personal operativo de la policía vial, en cuyo caso cumplirán las indicaciones de éste.

Las mujeres embarazadas y las personas con discapacidad, dispondrán de espacios exclusivos de estacionamiento en la vía pública y en zonas privadas y podrán contar con tarjetones especiales expedidos por la autoridad competente.

Los estacionamientos tendrán las instalaciones necesarias para garantizar la seguridad de las personas y los vehículos; contarán con espacios exclusivos para uso de personas con discapacidad y mujeres embarazadas.

Los que ofrezcan ese servicio, tendrán rampas, escaleras o elevadores para ellas, deberán estar debidamente iluminados y señalados los espacios de estacionamiento para cada vehículo y contarán con sanitarios.

La ley establece que si el conductor se estaciona en un lugar exclusivo para personas con discapacidad o mujeres embarazadas y no acredita fehacientemente que él o alguno de sus ocupantes se encuentra en ese supuesto, será acreedor a la sanción económica que se establece en el Reglamento y no podrá ser condonada ni reducida.

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