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Reforman disposiciones para el Programa de Apoyo a la Comunidad desde el Sector Educativo

Es el instrumento integral de la política social-educativa del Gobierno del Estado


Por: Mario Rafael León

El viernes 27 de este mes entró en vigor el Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Acuerdo Número SEV/DJ/I/2019 por el que se establece el Programa de Apoyo a la Comunidad desde el Sector Educativo.

El Acuerdo firmado por Zenyazen Escobar García, secretario de Educación en Veracruz, establese que se reforman los artículos 1, 2, 3, 6 párrafo primero y 24; y se adicionan las fracciones III, IV, V y VIII, recorriéndose las subsecuentes del artículo 5, así como la fracción V recorriéndose las subsecuentes del artículo 10, todos del Acuerdo Número SEV/DJ/I/2019 por el que se establece el Programa de Apoyo a la Comunidad desde el Sector Educativo.

De acuerdo con las reformas y adiciones se establese que el Programa de Apoyo a la Comunidad desde el Sector Educativo como instrumento integral de la política social-educativa del Gobierno del Estado con el objeto de articular y potencializar el mejoramiento de las condiciones de los planteles educativos y áreas administrativas del sector público en los que se desenvuelve el proceso de enseñanza aprendizaje en la entidad, fortaleciendo la calidad de los servicios educativos que se ofertan en las escuelas para contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida, laborales y sociales de la comunidad educativa veracruzana.

También se estable que el Programa de Apoyo a la Comunidad desde el Sector Educativo es de interés social y de observancia obligatoria en todos los tipos, niveles y modalidades del Sistema Educativo Veracruzano, con el objeto de normar el proceso de gestión integral de los recursos adicionales a las aportaciones gubernamentales federales y estatales para la implementación de herramientas auxiliares al proceso de enseñanza-aprendizaje, la impartición de estrategias enfocadas al desarrollo profesional de los trabajadores de la educación y el otorgamiento de apoyos económicos y en especie a los miembros de la comunidad educativa del Estado de Veracruz, así como la rehabilitación, el mejoramiento, conservación, mantenimiento y adecuación de instalaciones y equipamiento de los planteles educativos del sector público y áreas administrativas, coadyuvando a elevar la calidad de la educación que reciben los
estudiantes en todos sus tipos, niveles y modalidades.

El Acuerdo establece que el Programa de Apoyo a la Comunidad desde el Sector Educativo se desarrollará en un ámbito estatal con focalización al conjunto de Instituciones Educativas que conforman el Sistema Educativo Veracruzano, así como a la comunidad y al entorno en donde se encuentran los planteles y oficinas administrativas.

El Comité Técnico del Programa tendrá capacidad de gestión técnica, financiera y administrativa necesaria para la atención y seguimiento de las acciones para el fortalecimiento de los planteles educativos y áreas administrativas del sector público, así como para el entorno en el que se encuentran y para la asignación de los apoyos económicos y en especie para la comunidad educativa.

El mismo Comité tendrá las atribuciones de aprobar las adquisiciones del Programa para la adjudicación de bienes y servicios o ayudas sociales con base en las necesidades existentes presentadas ante el Comité Técnico; aprobar la atención de temas prioritarios de conformidad con el Plan Veracruzano de Desarrollo 2019-2024 y demás políticas públicas en materia de educación; aprobar los programas institucionales de corto, mediano y largo plazo; convocar a las reuniones de trabajo ordinarias y extraordinarias que resulten necesarias; establecer las medidas necesarias para garantizar el adecuado funcionamiento del Comité, y expedir los Lineamientos Generales, Criterios de Operación y la demás instrumentación que establezca la normatividad aplicable para complementar y garantizar el correcto funcionamiento del Programa.

El Programa Anual de Trabajo se deberá elaborar y aprobar durante el primer semestre de cada año debiendo someterlo a autorización del Comité Técnico durante su primera sesión ordinaria, en función de la disponibilidad del remanente que no se ejecutó en el ejercicio fiscal inmediato anterior, pudiendo ser modificado en el año fiscal de que se trate, de acuerdo a los ingresos, presupuesto y necesidades del Programa.

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