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Ciclo escolar 2018-2019 tendrá tres calendarios

Habrá cuatro puentes y dos días feriados


Por: Mario Rafael León

La Secretaría de Educación Pública dio a conocer los calendarios escolares para el ciclo lectivo 2018-2019, aplicables en toda la república para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica.

La SEP establece el calendario escolar de ciento noventa y cinco días para el ciclo lectivo 2018-2019, aplicable en toda la República para las escuelas de educación básica (preescolar, primaria y secundaria), públicas y particulares incorporadas al Sistema Educativo Nacional.

También se establece el calendario escolar optativo de ciento ochenta y cinco días para el ciclo lectivo 2018-2019, aplicable en toda la República para las escuelas de educación básica (preescolar, primaria y secundaria), públicas y particulares incorporadas al Sistema Educativo Nacional que cumplan con los requisitos que se establezcan en los lineamientos que expida la Secretaría de Educación Pública.

Asimismo, se establece el calendario escolar de doscientos días para el ciclo lectivo 2018-2019, aplicable en toda la República para las escuelas de educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica, públicas y particulares incorporadas al Sistema Educativo Nacional.

En el documento se indica que para la aplicación de los calendarios escolares a que se refieren los artículos que anteceden, se deberá tener en cuenta que el inicio de cursos para el ciclo lectivo 2018-2019 será el lunes 20 de agosto de 2018.

El acuerdo dado a conocer este martes considera que en términos de lo dispuesto en la Ley General de Educación, la educación de tipo básico está compuesta por el nivel de preescolar, el de primaria y el de secundaria, que es atribución de la Secretaría de Educación Pública organizar, vigilar y desarrollar en las escuelas públicas y particulares la enseñanza preescolar, primaria, secundaria y normal y que de manera exclusiva, le corresponde a la Secretaría de Educación Pública establecer el calendario escolar aplicable en toda la República para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, necesarios para cubrir los planes y programas de estudio aplicables, el cual deberá contener un mínimo de ciento ochenta y cinco días y un máximo de doscientos días efectivos de clase para los educandos.

También considera que la autoridad educativa federal cuenta con las atribuciones exclusivas necesarias para garantizar el carácter nacional de la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica.

Los “puentes” y días de asueto.

Para el próximo ciclo escolar habrá cuatro “puentes” y dos días feriados a mitad de semana, además de los tres períodos vacacionales que se acostumbran. Los “puentes” se forman con aquellos días en los que se conmemora alguna fecha histórica, pero el descanso se pasa al lunes, para unirlo con el fin de semana. Así, para el próximo ciclo escolar habrá cuatro “puentes” del Día de Muertos, del aniversario de la Revolución Mexicana, por el Día de la Constitución Mexicana y por la Expropiación Petrolera.

 

Las fechas en las que se suspenderán las labores docentes son las siguientes:

Viernes 2 de noviembre. Conmemoración de los Fieles Difuntos. Aunque los niños descansen, en las oficinas sí habrá actividades, a menos que de forma particular se indique lo contrario.

Lunes 19 de noviembre. Con motivo del aniversario de la Revolución Mexicana que se celebra el 20.

Lunes 4 de febrero. Por el aniversario de la promulgación de la Constitución Política de México, que se conmemora el 5.

Lunes 18 de marzo por el aniversario de la expropiación petrolera.

Miércoles 1 de mayo por el Día del Trabajo.

Miércoles 15 de mayo por el Día del Maestro.

 

Los periodos vacacionales son los siguientes:

Por fiestas navideñas, del 20 de diciembre al 4 de enero.

Por Semana Santa y Pascua del 15 al 26 de abril.

Por el verano, según el calendario inician el martes 25 de junio (calendario de 185 días); martes 9 (calendario de 195 días); martes 16 (calendario de 200 días).

La Ley Federal del Trabajo en México dice que los siguientes días festivos son de descanso obligatorio, pero la misma ley ordena que si lo laboras, tienes derecho a un salario doble por el servicio prestado.

Domingo 16 de septiembre. Conmemoración de la Independencia de México.

Lunes 19 de noviembre. Conmemoración de la Revolución Mexicana.

Martes 25 de diciembre. Navidad.

Martes 1 de enero. Año Nuevo.

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