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Proponen que para el 2021 el Congreso Estatal se integre por 30 legisladores

También quieren que alcaldes duren en su cargo tres años


Por: Itzel Sandoval

El diputado local de Morena, Amado Jesús Cruz Malpica, presentó una iniciativa para disminuir de 50 a 30 el número de legisladores que integrarán el Congreso local, así como reducir de cuatro a tres años el periodo del cargo de los presidentes municipales.

En caso de aprobarse esta iniciativa, el Congreso local estaría integrado por 20 diputados de mayoría relativa, siendo que a la fecha son 30, y 10 de representación proporcional, que son a la fecha son 20.

Lo anterior, conforme a las listas que presenten los partidos políticos en la circunscripción plurinominal que se constituya en el territorio estatal.

En la propuesta se determina que el número de diputados locales uninominales conformará las dos terceras partes de la integración de la Legislatura local, correspondiente al 66.66% del total de integrantes, mientras que la tercera parte restante, es decir el 33.33%, se integrará por diputados plurinominales.

De la misma forma se considera que en todos los casos el número de diputados por el principio de representación proporcional de corresponder a un número fraccionado o decimal, por lo que el número de diputados por tal principio deberá redondearse al entero siguiente.

Esto, porque actualmente se cuenta con 30 distritos locales y de aprobarse la reforma pasaría a 20, por lo que corresponderá al Instituto Nacional Electoral (INE) hacer la nueva redistritación.

Para lograr el registro de las listas, el partido político deberá acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoría relativa en por lo menos el 50% de los distritos uninominales locales, ya que se plantea que ningún partido político podrá contar con un número mayor de diputados por ambos principios a aquel que represente el 66.66% de la integración del Congreso.

En cuanto a los Ayuntamientos, se indica que los presidentes municipales, síndicos y regidores que sean electos en el 2021 para asumir su cargo el primero de enero de 2022, duren en el mismo tres años; pudiendo ser electos consecutivamente por un periodo adicional.

En tanto, la postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.

De la misma forma se precisa que los alcaldes no podrán ser electos para el periodo inmediato en un municipio diverso al cual se desempeñaron como tales.

Además de que cuando tengan el carácter de propietarios, no podrán ser elegidos para el período inmediato como suplentes; pero los que tengan el carácter de suplentes, sí podrán ser elegidos para el periodo inmediato como propietarios, a menos que hayan estado en ejercicio.


 El Corresponsal, en el lugar de la noticia.

 

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