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No extinguirán el SAR ni el fideicomiso de la Reserva Técnica del IPE

Celebran sindicatos magisteriales y de trabajadores del estado la determinación


Por: Raymundo León

Sindicatos magisteriales y de trabajadores al servicio del gobierno del estado celebran que José Luis Lima Franco, secretario de Finanzas y Planeación, haya determinado la no extinción de los fideicomisos públicos de Administración del Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores al Servicio del Gobierno

del Estado de Veracruz (SAR) y de la Reserva Técnica F/745357 del Instituto de Pensiones del Estado de Veracruz.

Los decretos se publican en el número extraordinario 188 de la Gaceta Oficial del Estado del lunes 11 de mayo y en ellos y entran en vigor hoy martes.

En las consideraciones se establece que el Decreto por el que se ordena la extinción o terminación de Fideicomisos públicos, Mandatos públicos y análogos, publicado en la Gaceta Oficial del Estado, número extraordinario 160, de fecha 21 de abril de 2020, en su artículo tercero faculta al titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación a “resolver los casos de excepción de aquellos fideicomisos que por cumplir actualmente con actividades prioritarias de interés público deban continuar sus actividades”.

También se señala que previo análisis y atendiendo a la naturaleza del SAR, cuyos fines primordiales están orientados a cumplir con una obligación patronal con los trabajadores del Gobierno del Estado y a efecto de no violentar sus derechos, se determina la no extinción del mismo.

De la misma forma, se determina la no extinción del Fideicomiso de la Reserva Técnica F/745357 del Instituto de Pensiones del Estado de Veracruz.

En las consideraciones se establece que la Reserva Técnica es una fuente de financiamiento por medio de la cual se otorga a los trabajadores y pensionistas las prestaciones que les correspondan; entre ellas, los préstamos, las pensiones. Dichas acciones le permiten al Instituto de Pensiones incrementar su patrimonio, en tal razón fortalece una actividad estratégica de la administración pública como lo son jubilaciones y pensiones, brindando certeza jurídica a los trabajadores debido a que cumple cabalmente con las actividades prioritarias, mismas que son vigiladas permanentemente por el Comité Técnico y el Consejo Directivo del Fideicomiso.

Se indica que previo análisis de la Ley número 287 de Pensiones del Estado de Veracruz, y atendiendo a la naturaleza del Fideicomiso de la Reserva Técnica F/745357, cuyos fines primordiales están orientados a brindar certeza jurídica a los derechohabientes del Instituto de Pensiones del Estado con respecto a las prestaciones establecidas por Ley, así como por encontrarse actualmente en funciones de auxilio al Poder Ejecutivo en la realización de actividades prioritarias de interés público, se determina lo siguiente la no extinción del Fideicomiso.

En la misma Gaceta se informa la no extinción de los fideicomisos Público Irrevocable de Inversión, Administración y Fuente de Pago para la Operación, Explotación, Conservación y Mantenimiento del Puente sobre el Río Coatzacoalcos (Puente Coatzacoalcos I) y Construcción, Supervisión, Operación, Explotación, Conservación y Mantenimiento del Túnel Sumergido de Coatzacoalcos; Público de Administración e Inversión del Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje; Irrevocable N° 1986 constituido para la Construcción, Explotación, Operación y Mantenimiento de la Autopista CardelVeracruz; Público Irrevocable de Administración y Fuente de Pago para las Obras Adicionales materia de la Prórroga de la Concesión de la Autopista Veracruz-Cardel; y Público de Administración y Operación del Parque Temático Takhil-Sukut.

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