-Veracruz

Notarias de Pueblo Viejo y Veracruz podrán hacer permuta

Secretaría de Gobierno autorizó este cambio 

Por: Itzel Sandoval

La Secretaría de Gobierno, a cargo de Rogelio Franco Castán, autorizó la permuta entre los titulares de las Notarías 4 de Pueblo Viejo y 9 de Veracruz.

Conforme a lo publicado en la Gaceta Oficial del Estado, Alicia Ricárdez Espinosa, titular de la Notaría Número Cuatro de la Primera Demarcación Notarial con residencia en Pueblo Viejo, y Gabriel Vives Martínez, titular de la Notaría Número Nueve de la Décima Séptima Demarcación Notarial del Estado con residencia en Veracruz, solicitaron mediante la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspección y Archivo General de Notarías, autorización realizar la permuta de la titularidad de las Notarías a su cargo.

Debido a que ambos se encuentran en funciones y tienen una antigüedad en el ejercicio del notariado de más de tres años, además de que no se encuentran sujetos a procedimiento judicial, penal o administrativo relacionado con el desempeño de la función notarial que les fue conferida, se autorizó la permuta de titularidad de las mismas.

Por ello, se aprobaron los nuevos nombramientos a Alicia Ricárdez Espinosa, como Notaria Titular de la Notaría Número Nueve de la Décima Séptima Demarcación Notarial del Estado con residencia en Veracruz, y a Gabriel Vives Martínez, como Notario Titular de la Notaría Número Cuatro de la Primera Demarcación Notarial del Estado con residencia en Pueblo Viejo.

En la Gaceta se indica que previo minucioso inventario se haga la entrega a los fedatarios mencionados del Protocolo y Archivo de las Notarías que permutan, levantándose al efecto las actas correspondientes, con la intervención de un Representante de la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspección y Archivo General de Notarías del Estado.

El acuerdo debe ser comunicado al Colegio de Notarios y a las oficinas del Registro Público de la Primera y décima séptima zonas registrales con cabeceras en Pánuco y Veracruz, para los efectos legales procedentes.

Por ello, los notarios titulares deberán registrar su sello y firma en la Oficina del Registro Público de la Propiedad, así como en la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspección y Archivo General de Notarías del Estado.

En tanto, se autorizó a la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspección y Archivo General de Notarías, a cumplimentar el acuerdo.


El Corresponsal, en el lugar de la noticia.

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