PORTADAVeracruz

Expropia gobierno federal superficie de más de ocho mil metros en Veracruz

Es para la construcción del Libramiento Ferroviario a Santa Fe


Por: Mario Rafael León

En el Diario Oficial de la Federación se informa este jueves que el presidente Enrique Peña Nieto firmó el decreto por el que se expropia una superficie de ocho mil 599.67 metros cuadrados, ubicada en la ciudad y puerto de Veracruz, para destinarse a la construcción del Libramiento Ferroviario a Santa Fe como parte de las obras e instalaciones necesarias para la ampliación del Puerto de Veracruz.

Los efectos del Decreto surtirán efecto este viernes.

El documento que se da a conocer manifiesta que es de utilidad pública la construcción del Libramiento Ferroviario a Santa Fe como parte de las obras e instalaciones necesarias para la ampliación del Puerto de Veracruz, en el inmueble con superficie de ocho mil 599.67 metros cuadrados, ubicado en Veracruz.

Se expresa también que la expropiación de los terrenos a que se refiere el artículo anterior incluye las construcciones e instalaciones que se encuentren en los propios terrenos y que formen parte de ellos y que el gobierno federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, procederá a tomar de inmediato la posesión definitiva del bien material de la expropiación.

El plano del área y el expediente formado con motivo de la presente expropiación, están a disposición de quienes justifiquen ser interesados en la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ubicada en la calle Hegel 141, 4o. Piso, Colonia Polanco, V sección, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11560, en la Ciudad de México.

Se indica que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con cargo al presupuesto de egresos autorizado a la Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. cubrirá el monto de la indemnización que en los términos de ley debe pagarse a quienes acrediten su legítimo derecho, conforme al avalúo determinado por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

El Decreto establece que debe notificarse personalmente a los interesados el mismo y el avalúo en el que se fije el monto de la indemnización, dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del Decreto en el domicilio que para tal efecto conste en el expediente de expropiación. En caso de que éste ya no corresponda, surtirá los mismos efectos una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Deja un comentario

Back to top button
A %d blogueros les gusta esto: