-Veracruz

Hoy entra en vigor la Ley Federal de Austeridad Republicana

Al final de cada año fiscal, los entes públicos entregarán un Informe de Austeridad Republicana que reportará los ahorros obtenidos


Por: Mario Rafael León

Hoy miércoles entra en vigor la Ley Federal de Austeridad Republicana, que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes General de Responsabilidad Administrativas y de Presupuesto Responsabilidad Hacendaria.

El objetivo de la Ley de Austeridad es establecer la austeridad republicana como un valor fundamental y principio orientador del servicio público y medidas para generar ahorros en el gasto público.

La política de austeridad republicana partirá de un diagnóstico de las medidas a aplicar, su compatibilidad con la planeación democrática y el respeto a los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales que se establezcan de conformidad con la Ley de Planeación; además, deberán desarrollar indicadores de desempeño para evaluar dicha política.

Al final de cada año fiscal, los entes públicos obligados entregarán al Comité de Evaluación y a la Cámara de Diputados un Informe de Austeridad Republicana en el cual se reportarán los ahorros obtenidos y serán evaluados.

La política de austeridad no afectará de manera negativa los derechos sociales de los mexicanos; se aplicará la austeridad en gasto corriente no prioritario y se evitará reducir la inversión en la atención de emergencias y desastres naturales o provenientes de la actividad humana.

En la adquisición de bienes muebles e inmuebles, su arrendamiento o contratación de servicios y obra pública se buscará la máxima economía, eficiencia y funcionalidad.

Serán anulados contratos suscritos con empresas nacionales o extranjeras que hayan sido otorgados mediante el tráfico de influencias, corrupción o que causen daño a la hacienda pública.

Igualmente, no podrán exceder de los montos erogados en el ejercicio presupuestal inmediato anterior los gastos por concepto de telefonía, telefonía celular, fotocopiado, combustibles, arrendamientos, viáticos, alimentación, mobiliario, remodelación de oficinas, equipo de telecomunicaciones, bienes informáticos, papelería, pasajes, congresos, convenciones, exposiciones y seminarios, necesarios para cumplir la función de cada dependencia y organismo,

Serán las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, las que emitan los lineamientos para la adquisición de bienes y servicios de uso generalizado de los entes públicos, de manera consolidada, con objeto de obtener las mejores condiciones con relación a precio, calidad y oportunidad,

Las dependencias ajustarán sus estructuras orgánicas y ocupacionales en principios de racionalidad y austeridad republicana. Se eliminarán todo tipo de duplicidades y se atenderán las necesidades de mejora y modernización de la gestión pública.

Asimismo, en el ámbito del Poder Ejecutivo Federal se asignará secretario particular únicamente a los titulares de dependencia o entidad; sólo se permitirá la asignación de chofer a subsecretarios de Estado y superiores, así como a titulares de entidades de control directo. También quedarán prohibidas las plazas con nivel de Dirección General Adjunta; los representantes gremiales en los órganos tripartitos, con excepción de aquellos que se desempeñen en los tribunales laborales ocuparán cargos honoríficos por lo que no recibirán remuneración alguna por el desempeño de su función.

Respecto de la contratación de servicios de consultoría, asesoría y de todo tipo de despachos externos para elaborar estudios, investigaciones, proyectos de ley, planes de desarrollo o cualquier tipo de análisis y recomendaciones, se realizará exclusivamente cuando las personas físicas o morales que presten los servicios no desempeñen funciones similares.

Quedarán prohibidas las delegaciones de los entes públicos en el extranjero, salvo las correspondientes a las áreas de seguridad nacional e impartición de justicia. La representación del Estado mexicano en el extranjero, corresponderá únicamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Queda prohibida la compra o arrendamiento de vehículos de lujo o cuyo valor comercial supere las cuatro mil 343 Unidades de Medida y Actualización diaria vigente para el transporte y traslado de los servidores públicos.

Se prohíben contrataciones de seguros de ahorro en beneficio de los servidores públicos con recursos del Estado, tal como el Seguro de Separación Individualizado o las cajas de ahorro especiales.

Igualmente, se prohíbe remodelar oficinas por cuestiones estéticas o comprar mobiliario de lujo y se prohíbe el derroche en energía eléctrica, agua, servicios de telefonía fija y móvil, gasolinas e insumos financiados por el erario.

Queda prohibido contratar con recursos públicos cualquier tipo de jubilaciones, pensiones y regímenes especiales de retiro, de separación individualizada o colectiva así como seguros de gastos médicos privados, seguros de vida o de pensiones que se otorguen en contravención a lo dispuesto en decreto o alguna disposición general, condiciones generales de trabajo o contratos colectivos de trabajo.

Los servidores públicos comprendidos en los grupos jerárquicos de mando superior, que por cualquier motivo se separen de su cargo, no podrán ocupar puestos en empresas que hayan supervisado, regulado o respecto de las cuales hayan tenido información privilegiada en el ejercicio de su cargo público, salvo que hubiesen transcurrido al menos 10 años.

Se conformará un Comité de Evaluación, el cual será responsable de promover y evaluar las políticas y medidas de austeridad republicana de los entes públicos.

El Comité de Evaluación deberá entregar informes de evaluación de forma anual, los cuales deberán ser remitidos a la Cámara de Diputados para su conocimiento

Los entes públicos en un plazo máximo de 180 días hábiles siguientes a la entrada en vigor de la ley ajustarán sus marcos normativos conforme a lo establecido en la Ley Federal de Austeridad Republicana.

También cuentan con 180 días para realizar ajustes necesarios para implementar las compras consolidadas en la adquisición de bienes y servicios, así como la contratación de obra pública.

Igualmente, en ese mismo lapso de tiempo el gobierno federal emitirá los lineamientos a la citada ley que establecerán las disposiciones relativas a la contratación de personal por honorarios y asesores en las dependencias de la administración pública federal.

Dentro de 90 días naturales posteriores a la entrada en vigor de la ley, las secretarías de la Función Pública y de Hacienda y Crédito Público emitirán los lineamientos para la operación y funcionamiento del Comité de Evaluación.

Deja un comentario

Back to top button
A %d blogueros les gusta esto: