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Entran en vigor reglas para otorgar pensión a personas con discapacidad permanente

La población con algún tipo de discapacidad se concentran en Ciudad de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, México, Michoacán, Puebla y Veracruz


Por: Raymundo León

Hoy entran en vigor las reglas de operación del programa “Pensión para el bienestar de las personas con discapacidad permanente” para el ejercicio fiscal 2020, dio a conocer la Secretaría del Bienestar.

El documento oficial, publicado en el Diario Oficial de la Federación, refiere que a nivel nacional el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (Inegi), en su Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica revela que la población con algún tipo de discapacidad se concentran en ocho estados del país: Ciudad de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, México, Michoacán, Puebla y Veracruz y que representan el 51.5%.

En tanto, el 32.9% se ubica en 12 entidades: Baja California, Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Hidalgo, Nuevo León, Oaxaca, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Tamaulipas; y el 15.6% reside en Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Colima, Durango, Morelos, Nayarit, Querétaro, Quintana Roo, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas.

El Inegi informa que para 2018 habitaban en México 7.9 millones de personas con discapacidad; de las cuales 4.3 millones son mujeres y 3.6 millones son hombres, representando 6.7% y 5.9%, respectivamente, de la población total de cada género.

Igualmente, el 7.2% son niñas, niños y adolescentes de cero a 14 años, el 9.2% son jóvenes de 15 a 29 años, el 33.6% son personas adultas de 30 a 59 años y el 49.9% son personas adultas mayores de 60 años o más de edad.

El programa “Pensión para el bienestar con discapacidad permanente” considera a niñas, niños, adolescentes y jóvenes de cero a 27 años de edad cumplidos; personas de 30 a 64 años de edad cumplidos que habitan en municipios o localidades indígenas o afromexicanas y; personas adultas de 30 a 67 años de edad cumplidos que habitan en zonas con alto y muy alto grado de marginación, diferentes a los municipios o localidades indígenas o afromexicanas.

El monto de la pensión será de mil 310 pesos mensuales pagaderos bimestralmente de acuerdo al Presupuesto de Egresos de la Federación autorizado para el año 2020, el cual se actualizará a partir del año 2021 para aquellas personas beneficiarias incorporadas en el padrón de beneficiarios y que no se encuentren en algún supuesto de suspensión, baja o retención de acuerdo a lo establecido en las presentes reglas de operación.

También se aprobó un apoyo por la misma cantidad (mil 310 pesos) por concepto de apoyo económico de Pago de Marcha por única ocasión, el cual se otorgará al representante o adulto auxiliar de la persona beneficiaria fallecida, perteneciente al padrón de beneficiarios.

Asimismo, en 2019, el Gobierno de México creó la “Pensión para el bienestar de las personas con discapacidad permanente”, que constó en otorgamiento de un apoyo económico directo por la cantidad de mil 275 pesos mensuales, mismos que se entregaron de manera bimestral y directa.

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