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Entra en vigor el Programa de Ordenamiento Ecológico de la Región de Xalapa

La aplicación del Programa compete al Ejecutivo estatal 


Por: Mario Rafael León

Desde este sábado entra en vigor el Programa de Ordenamiento Ecológico Regional de la Región Capital de Xalapa, informa la Gaceta Oficial del Estado y refiere que el documento de ordenamiento ecológico que contiene el mapa del mismo, las tablas de las fichas de unidades de gestión ambiental y de criterios ecológicos se pone a disposición de la ciudadanía en las oficinas de la Secretaría de Medio Ambiente del Estado de Veracruz, sito en Calle Madero Número 3 Colonia Centro de Xalapa, Veracruz o en el inmueble que de manera oficial llegue a utilizar con posterioridad, así como en su página de Internet en el vínculo http://www.veracruz.gob.mx/medioambiente/ordenxalapa/.

La aplicación del Programa, refiere el documento publicado en la Gaceta Oficial del Estado, compete al Ejecutivo estatal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente, sin perjuicio de las atribuciones de otras dependencias del mismo, o de las autoridades federales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias.

El Programa tiene por objeto alentar un desarrollo congruente con políticas ambientales que permitan la permanencia de sus recursos naturales, sin llegar al conservacionismo extremo o a un desarrollo sin límites que provoque deterioro y pueda conducir a la destrucción de la Cuenca.

El Programa de Ordenamiento Ecológico Regional de la Región Capital de Xalapa, será de observancia obligatoria para la administración pública estatal. La Secretaría de Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Veracruz, promoverá ante las dependencias y entidades de la administración pública federal y Municipal que en el otorgamiento de las concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, dictámenes y resoluciones de su competencia, se respete la vocación del suelo y los criterios ecológicos establecidos en el presente ordenamiento; de igual manera elaborará los dictámenes que resulten necesarios e implementará las medidas que derivadas de éstos resulten para la restauración, conservación, preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.

El Gobierno del Estado por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente, en coordinación con los ayuntamientos de Acajete, Banderilla, Coatepec, Emiliano Zapata, Jilotepec, Naolinco, Rafael Lucio, Teocelo, Tlalnelhuayocan, Xalapa y Xico, vigilarán que los planes, programas y esquemas de desarrollo regional, se realicen en apego a lo establecido en el presente Programa, a efecto de lograr el desarrollo sustentable de la región.

Se establece también que el Gobierno del Estado y los ayuntamientos mencionados, en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones deberán vigilar que las concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, dictámenes y resoluciones que otorguen para la región denominada Región Capital de Xalapa, se sujeten al Programa de Ordenamiento Ecológico y cumplan con las políticas, uso del suelo y criterios ecológicos a que se refiere el presente Programa.

El referido Programa será de observancia obligatoria para la Administración Pública Estatal y Municipal y no prejuzga sobre la propiedad o tipo de tenencia de la tierra, ni sobre autorizaciones emitidas con anterioridad a su publicación.

El Ordenamiento Ecológico deberá sujetarse a un proceso de seguimiento y evaluación técnica permanente y la información generada en dicho proceso se incorporará a la revisión y en su caso, modificación que deberá ocurrir en un plazo no menor de 3 años ni mayor de 5 años y se podrá proponer la modificación del mismo.

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