-Veracruz

Emiten fechas y zonas de veda para la captura de especies de camarón

Tamaulipas y Veracruz aportan el 74% de la producción total de camarón en el Golfo de México


Por: Raymundo León

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural emitió la época y zonas de veda para la captura de todas las especies de camarón en aguas marinas y sistemas lagunarios estuarios del Golfo de México y Mar Caribe para este año.

Para este 2020, la veda para el Golfo de México y el Caribe quedó establecida a partir de las 00:00 horas del uno de mayo hasta las 24:00 horas del 15 de agosto, en la zona que abarca desde la frontera con Estados Unidos de América hasta la desembocadura del Río Coatzacoalcos, en Veracruz.

De las 00:00 horas del uno de junio  y hasta las 24:00 horas del 31 de octubre de 2020 en la franja costera frente a los Estados de Campeche y Tabasco.

De las 00:00 horas del uno de mayo de 2020 y hasta las 24:00 horas del 30 de septiembre de 2020 en la franja costera frente a los Estados de Campeche y Tabasco para la pesquería de camarón siete barbas. De las 00:00 horas del uno de junio  y hasta las 24:00 horas del 31 de octubre de 2020 en la zona de Contoy.

Igualmente, se estableció veda temporal para la captura de todas las especies de camarón existentes en los sistemas lagunarios estuarinos de jurisdicción federal del Golfo de México, en los periodos y zonas que se indican.

A partir de las 00:00 horas del 27 de mayo de 2020 y hasta las 24:00 horas del 11 de julio en los sistemas lagunarios estuarinos del Golfo de México, desde la frontera con E.U.A. hasta la desembocadura del Río Coatzacoalcos, Veracruz.

A partir de las 00:00 horas del uno de mayo de 2020 y hasta las 24:00 horas del 30 de septiembre de 2020 en los sistemas lagunarios estuarinos de Tabasco.

Tamaulipas y Veracruz aportan el 74% de la producción total de camarón en el Golfo de México, así Tamaulipas aporta el 88% y Veracruz el 12% de ese total, siendo que la captura promedio anual de camarón de ambos estados durante la última década (2009-2019) ha sido de alrededor de 11 mil 379 toneladas, las cuales provienen tanto de laguna como de altamar.

En los últimos años, los periodos de veda para el Norte del Golfo de México han abarcado desde mayo a julio para la pesca artesanal y de mayo a agosto para la pesca industrial, mientras que en el caso de la Sonda de Campeche y Mar Caribe el periodo de veda ha comenzado generalmente en mayo y termina en octubre de cada año.

La Secretaría reitera  el periodo de veda permanente para la captura de todas las especies de camarón en las aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe que se encuentran comprendidas en la franja marina de las 0 a las 20 millas náuticas a partir de la línea de costa, desde Isla Aguada, Campeche, hasta los límites con Belice, incluyendo las lagunas y zonas costeras en la Península de Yucatán, exceptuando los caladeros de Contoy.

Igualmente, las personas que en la fecha de inicio de la veda en las aguas marinas y en los sistemas lagunarios estuarinos de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe, mantengan en existencia camarón proveniente de la pesca, en estado fresco, enhielado, congelado, cocido, seco o en cualquier otra forma de conservación, deberán formular inventario.

Las vedas espacio-temporales son una de las principales medidas de manejo y administración que contribuyen al aprovechamiento responsable de los recursos pesqueros y que, para el caso del camarón, las mismas se han venido estableciendo en ambos litorales, en función de los resultados de las evaluaciones biológico-pesqueras de las poblaciones del recurso con especial detalle a nivel regional.

Es el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca) el encargado de implementar las fechas de apertura de la temporada de pesca para las zonas conforme a los resultados de su investigaciones que el  realiza anualmente.

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