-Veracruz

Aplicarán prisión hasta de cinco años para quien difunda fotografías de cadáveres

También se le aplicará multa


Por: Mario Rafael León

A partir de este miércoles, toda persona que difunda fotografías de un cadáver o restos humanos bajo resguardo de una institución forense será procesado y la condena puede ser prisión y multa de hasta cien Unidades de Medida y Actualización (UMA); es decir, ocho mil 449 pesos.

En el Decreto publicado en la Gaceta Oficial del Estado se indica que se reforma el artículo 298 del Código Penal de Veracruz para establecer que se impondrá prisión de uno a cinco años y una multa de hasta cien UMAs a quien viole un túmulo, sepulcro, sepultura o féretro.

La pena también se aplicará a quien profane un cadáver o restos humanos, con actos de vilipendio, mutilación, brutalidad o necrofilia; a quien viole o vilipendie el lugar donde repose un cadáver, restos humanos o sus cenizas.

Asimismo, se sancionará a quien fotografíe, vídeo grabe o difunda imágenes de un cadáver o restos humanos que se encuentren bajo resguardo de una institución de naturaleza forense, sin estar legalmente facultado para ello o para fines distintos a los establecidos en la Ley.

El decreto establece que si la persona que comete los citados delitos es servidor público o ejerce una profesión y utiliza los medios o circunstancias derivadas de ello y tiene bajo su custodia o resguardo un cadáver o restos humanos, las penas se incrementarán en una tercera parte.

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